Esta parte de esta norma especifica los requisitos para el tratamiento preliminar de las aguas residuales en las plantas de tratamiento de aguas residuales de más de 3000 g DBO5/d. NOTA EXPLICATIVA NACIONAL Se define la capacidad nominal de la planta de tratamiento en términos de la carga orgánica como 3000 g DBO5/d estimada a partir de la equivalencia de 1 e-h como 60 g DBO5/d en el contexto de la norma original europea. En el contexto nacional el valor de 1 e-h está definido en función a la zona ecológica y el rango de población (véase la Guía técnica para la selección y diseño de líneas de tratamiento de aguas residuales). La aplicación principal concierne a las plantas de tratamiento de aguas residuales diseñadas para tratar las aguas residuales domésticas y municipales. El tratamiento preliminar puede incluir una o más de las siguientes opciones: -filtrado; - eliminación de arena; - separación de grasas; - compensación y reparto del caudal. NOTA La medición del caudal y/o las disposiciones de muestreo se pueden incluir en cualquiera de las opciones elegidas. Las diferencias en el tratamiento de las aguas residuales en el mundo han dado lugar al desarrollo de una variedad de sistemas. Esta norma proporciona información fundamental sobre los sistemas, pero no intenta especificar todos los sistemas disponibles. Información complementaria a la contenida en esta norma puede obtenerse en la bibliografía.
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