Información Detallada de la Colección

Colección : NB 777 - Diseño y construcción de instalaciones eléctricas interiores en baja tensión

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Cantidad de Normas

1.- NB 777-2:2024 : Diseño y construcción de instalaciones eléctricas interiores en baja tensión – Parte 2: Protecciones en instalaciones eléctricas en baja tensión (Anula y reemplaza a la norma NB 777-2:2015)
Esta norma tiene por objeto establecer los requerimientos y requisitos generales comunes hacia las conexiones, protecciones, dispositivos de maniobra y control de los equipos de baja tensión. Establece requerimientos mínimos de protección para el diseño, construcción y la puesta en servicio de instalaciones eléctricas interiores en baja tensión y contiene exigencias de seguridad, incluyendo, por ejemplo: - Las definiciones; - Las características y/o especificaciones técnicas; - La información que acompañan al equipo o dispositivo; - Las condiciones de servicio, montaje y de transporte; - Los requisitos constructivos y/o de funcionamiento; - La verificación de las características y del funcionamiento; - Los esquemas de conexión, protección, maniobra y control; - Los requerimientos de seguridad en las instalaciones eléctricas y protocolos de verificación. NOTA En ciertos capítulos o apartados de esta norma, el equipo que está contemplando puede ser denominado como “dispositivo”, por razones de consistencia con el texto de estos apartados.

2.- NB 777-3:2024 : Diseño y construcción de instalaciones eléctricas interiores en baja tensión – Parte 3: Instalaciones específicas y/o especiales (Tercera revisión) (Anula y reemplaza a la norma NB 777:2015)
Esta norma establece los requerimientos y requisitos generales comunes para las conexiones y protecciones de las instalaciones específicas y/o especiales en baja tensión para: - Locales de concurrencia pública. - Locales de reunión. - Centros de abastecimiento. - Hospitales. - Usos específicos. - Instalaciones complementarias. - Establecimientos educativos - En lugares (clasificados) peligrosos con riesgo de incendio y/o explosión. - Ambientes de características especiales - Alumbrado o iluminación. - Equipos de calentamiento y equipos de soldadura. - Condiciones generales de instalación de motores.

3.- NB 777-4:2024 : Diseño y construcción de instalaciones eléctricas interiores en baja tensión – Parte 4: Materiales (Tercera revisión) (Anula y reemplaza a la norma NB 777:2015)
Esta norma establece los materiales permitidos en los siguientes tipos de instalaciones eléctricas para conductores aislados: − colocados sobre aisladores; − en ductos protectores; − instalados en zanjas; − instalados en bandejas y escalerillas; − tendidos en electroductos; − enterrados; − e instalaciones prefabricadas.

4.- NB 777-1:2024 : Diseño y construcción de instalaciones eléctricas en baja tensión – Parte 1: Principios fundamentales, determinación de las características generales, definiciones (Anula y reemplaza a la norma NB 777-1:2015)
Esta norma establece las definiciones utilizadas para el diseño, la instalación y la verificación de las instalaciones eléctricas de baja tensión, así como los requisitos generales de: planos, circuitos derivados, determinación de demandas máximas, acometidas y alimentadores y tableros para instalaciones eléctricas. Esta norma se aplica al diseño, montaje y a las verificaciones de las instalaciones eléctricas tales como: a) Edificios residenciales (viviendas unifamiliares o viviendas multifamiliares); b) Edificios comerciales; c) Centros de abastecimiento (mercados públicos, municipales o privados); d) Establecimientos públicos; e) Establecimientos industriales; f) Establecimientos agrícolas; g) Edificios prefabricados; h) Campamentos; i) Obras, exposiciones, ferias y otras instalaciones temporales; j) Iluminación exterior e instalaciones análogas k) Locales médicos y centros hospitalarios; l) Instalaciones fotovoltaicas; m) Grupos generadores de baja tensión. NOTA Los establecimientos incluyen el terreno y todas las dependencias incluidos los edificios que le pertenecen. Está norma aplica a: a) Circuitos alimentados a una tensión nominal como máximo igual a 1 000 V en corriente alterna o a 1 500 V en corriente continua. En corriente alterna, las frecuencias consideradas son de 50 Hz, o en sistemas aislados de 60Hz. No se incluye el uso de otras frecuencias para aplicaciones particulares. b) Circuitos que no sean los internos de los aparatos, que funcionan a una tensión superior a 1 000 V a partir de una instalación de tensión como máximo igual a 1 000 V en corriente alterna, por ejemplo: circuitos de lámparas de descarga, precipitadores electrostáticos. c) Cualquier cableado o canalización no específicamente cubierto por las normas relativas a los aparatos de utilización. d) Todas las instalaciones consumidoras situadas en el exterior de los edificios. e) Las canalizaciones fijas de telecomunicación, de tecnología de la información, de señalización o de mando (con excepción de los circuitos internos de los aparatos). f) Las ampliaciones o modificaciones de instalaciones, así como a las partes de las instalaciones existentes afectadas por estas ampliaciones o modificaciones. NOTA Las exigencias de esta norma están destinadas a las instalaciones eléctricas en general, pero en algunos casos pueden ser completadas por exigencias o recomendaciones de otras normas referidas o estándares internacionales.

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